Publicado: 2010.03.19
El Consejo de Gobierno de Canarias acordó a
propuesta de la Consejería de Pesca, tomar en consideración el proyecto de
Decreto por el que se regula la práctica del marisqueo profesional de determinadas
especies en el ámbito de la reserva marina de interés pesquero de la isla de La
Graciosa y los islotes del Norte de Lanzarote, y solicitar dictamen del Consejo
Consultivo de Canarias sobre el mismo.
En la reserva marina de interés pesquero de La
Graciosa y de los islotes del norte de Lanzarote, no se contempló la
posibilidad del ejercicio del marisqueo profesional en el ámbito geográfico
marítimo que abarca dicha reserva marina, a pesar de que determinadas especies
de marisco presentes en la misma constituyen un importante recurso susceptible
de ser objeto de una explotación limitada y racional, en todo caso
complementaria de la pesca, por parte del sector pesquero profesional
autorizado a faenar en la reserva.

En la reserva marina de interés pesquero de La
Graciosa y de los islotes del norte de Lanzarote, no se contempló la
posibilidad del ejercicio del marisqueo profesional en el ámbito geográfico
marítimo que abarca dicha reserva marina, a pesar de que determinadas especies
de marisco presentes en la misma constituyen un importante recurso susceptible
de ser objeto de una explotación limitada y racional, en todo caso
complementaria de la pesca, por parte del sector pesquero profesional
autorizado a faenar en la reserva.
La regulación de la
referida actividad constituye una petición formulada por el citado sector,
al constituir un recurso que puede ser aprovechado adecuadamente por el mismo,
conforme a los principios de protección de los recursos pesqueros y marisqueros
presentes en la zona, adaptándose a las indicaciones científicas procedentes de
los informes y estudios realizados.
La práctica del marisqueo profesional en el
ámbito de la reserva marina, está referido a las especies marisqueras que se
establecen en el proyecto y en las condiciones que en el mismo se determinan
respecto de su ejercicio.
Por otra parte, previamente a la aprobación del
presente Decreto, ha sido consultada la Administración General del Estado
(Secretaría General del Mar), el Cabildo Insular de Lanzarote, así como, el
Sector profesional afectado.
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